Londres, Inglaterra, a 20 de noviembre del 2020.- El Comité de Protección del Medio Marino de la Organización Marítima Internacional (MEPC) se reunió virtualmente para su 75a sesión esta semana para considerar (y aprobar) nuevas medidas para reducir las emisiones de los barcos, basándose en su estrategia inicial sobre la reducción de las emisiones de GEI de los barcos, busca reducir el total Las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte marítimo en al menos un 50% para 2050. A continuación se muestra la rueda de prensa completa de la OMI que detalla exactamente lo que se aprobó, además de lo que viene a continuación:
El Comité de Protección del Medio Ambiente Marino (MEPC) de la Organización Marítima Internacional (OMI) aprobó un proyecto de nuevas regulaciones obligatorias para reducir la intensidad de carbono de los barcos existentes.
Esto se basa en los requisitos obligatorios actuales de eficiencia energética para reducir aún más las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte marítimo. El MEPC también acordó los términos de referencia para evaluar los posibles impactos en los Estados, prestando especial atención a las necesidades de los países en desarrollo, en particular los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID) y los países menos adelantados (PMA).
El proyecto de enmiendas a la convención MARPOL requeriría que los barcos combinen un enfoque técnico y operativo para reducir su intensidad de carbono. Esto está en consonancia con la ambición de la estrategia inicial de GEI de la OMI, cuyo objetivo es reducir la intensidad de carbono del transporte marítimo internacional en un 40% para 2030, en comparación con 2008. Las enmiendas fueron desarrolladas por la séptima reunión del Grupo de trabajo entre períodos de sesiones sobre la reducción de GEI. Emisiones de buques (ISWG-GHG 7), celebrada como reunión remota del 19 al 23 de octubre de 2020.
El proyecto de enmiendas se presentará ahora para su adopción formal en la sesión 76 del MEPC, que se celebrará durante 2021.
El Secretario General de la OMI, Kitack Lim, dijo: “Aún nos queda mucho trabajo por delante en la implementación de las medidas, pero estoy seguro de que el espíritu de cooperación de la OMI, demostrado durante los últimos años, permitirá un rápido progreso en el desarrollo de directrices técnicas y un Código de Intensidad de Carbono, así como el trabajo adicional esencial sobre la evaluación integral de los impactos de las medidas en los países en desarrollo, los PEID y los PMA. Expreso mi gratitud a todos los Estados miembros que han indicado su compromiso de apoyar estos esfuerzos”.
Dijo que las enmiendas aprobadas eran pilares importantes sin los cuales no serían posibles las futuras discusiones sobre medidas a mediano y largo plazo.
El progreso en el desarrollo de las medidas a corto plazo sigue el cronograma establecido en la estrategia inicial de GEI de la OMI. La estrategia propuso que las medidas a corto plazo deberían ser aquellas medidas finalizadas y acordadas por el Comité entre 2018 y 2023.
Con más detalle:
Proyecto de enmiendas al MARPOL
El proyecto de enmiendas agregaría requisitos adicionales a las medidas de eficiencia energética en el capítulo 4 del Anexo VI de MARPOL. Los requisitos actuales se basan en el Índice de Diseño de Eficiencia Energética (EEDI), para los buques de nueva construcción, lo que significa que deben construirse y diseñarse para ser más energéticamente eficiente que la línea de base; y el Plan de gestión de eficiencia energética del buque (SEEMP) obligatorio, para todos los buques. El SEEMP prevé que los operadores de barcos tengan un plan para mejorar la eficiencia energética a través de una variedad de medidas específicas para los barcos.
El proyecto de enmiendas se basa en estas medidas al incorporar requisitos para evaluar y medir la eficiencia energética de todos los barcos y establecer los valores de logro requeridos. El objetivo es reducir la intensidad de carbono del transporte marítimo internacional, trabajando hacia los niveles de ambición establecidos en la Estrategia inicial de la OMI sobre la reducción de las emisiones de GEI de los barcos.
El conjunto de enmiendas incluye: el requisito técnico para reducir la intensidad de carbono, basado en un nuevo Índice de Eficiencia Energética de Buques Existentes (EEXI); y los requisitos operativos de reducción de la intensidad de carbono, basados en un nuevo indicador operativo de intensidad de carbono (CII).
El enfoque dual tiene como objetivo abordar tanto las medidas técnicas (cómo se moderniza y equipa el barco) como las medidas operativas (cómo funciona el barco).
Índice de buques existentes de eficiencia energética alcanzado y requerido (EEXI)
El índice de eficiencia energética de buques existentes (EEXI) alcanzado debe calcularse para buques de 400 gt o más, de acuerdo con los diferentes valores establecidos para tipos de buques y categorías de tamaño. Esto indica la eficiencia energética del barco en comparación con una línea de base.
Los buques deben cumplir con un índice de eficiencia energética de buques existentes (EEXI) requerido específico, que se basa en un factor de reducción requerido (expresado como un porcentaje en relación con la línea de base del EEDI).
Indicador operativo anual de intensidad de carbono (CII) y calificación CII
El proyecto de enmiendas es para los buques de arqueo bruto igual o superior a 5000 (los buques ya sujetos al requisito del sistema de recopilación de datos para el consumo de fueloil de los buques) que han determinado su indicador operativo anual de intensidad de carbono (CII) requerido. El CII determina el factor de reducción anual necesario para garantizar la mejora continua de la intensidad de carbono operativa del barco dentro de un nivel de calificación específico.
La CII operativa anual real lograda (CII operativa anual alcanzada) deberá documentarse y verificarse con la CII operativa anual requerida. Esto permitiría determinar la calificación operativa de intensidad de carbono. La calificación se otorgaría en una escala (calificación operativa de intensidad de carbono A, B, C, D o E) que indica un nivel de desempeño mayor superior, menor superior, moderado, menor inferior o inferior. El nivel de rendimiento se registraría en el Plan de gestión de eficiencia energética del buque (SEEMP).
Un barco con calificación D durante tres años consecutivos, o E, tendría que presentar un plan de acción correctiva para mostrar cómo se lograría el índice requerido (C o superior).
Se alienta a las administraciones, autoridades portuarias y otras partes interesadas, según corresponda, a ofrecer incentivos a los buques clasificados como A o B.
Mecanismo de revisión
El borrador de enmiendas requeriría que la OMI revise la efectividad de la implementación de los requisitos de CII y EEXI, a más tardar el 1 de enero de 2026 y, si es necesario, desarrolle y adopte enmiendas adicionales.
Próximos pasos
El proyecto de enmiendas ahora se puede adoptar en la sesión MEPC 76, que se celebrará durante 2021.
El tratado MARPOL requiere que los borradores de enmiendas se distribuyan durante un mínimo de seis meses antes de la adopción, y pueden entrar en vigor después de un mínimo de 16 meses después de la adopción. Los procedimientos de enmienda se establecen en el propio tratado.
Evaluación de impacto
La evaluación de impacto integral se basará en el Procedimiento para evaluar los impactos en los Estados de las posibles medidas, adoptado en 2019, que dice que una evaluación de impacto integral debe proporcionar una evaluación cualitativa y / o cuantitativa detallada de los impactos negativos específicos en los Estados, y ser evidencia: basado y debería tener en cuenta, según proceda, herramientas y modelos de análisis, tales como herramientas de análisis de rentabilidad, por ejemplo, modelos de costes del transporte marítimo, modelos de flujos comerciales, impacto en el Producto Interior Bruto (PIB); Curvas de costos de reducción marginal actualizadas (MACC); y modelos de comercio económico, modelos de transporte y modelos combinados de comercio y transporte.
La evaluación final completa del impacto de la medida combinada a corto plazo debería presentarse al MEPC 76. Sobre esta base, se consideraría un posible marco para examinar los impactos en los Estados de la medida adoptada y abordar los impactos desproporcionadamente negativos en los Estados, según proceda. .
Estrategia inicial de GEI de la OMI
Las fechas de entrada en vigor y cuándo la medida puede comenzar efectivamente a reducir las emisiones de GEI se definirían para cada medida individualmente. Se ha aprobado un procedimiento para evaluar el impacto en los Estados de una medida.
Fuente: gCaptain