Tres días después del asesinato de Homero Terán, SEMAR declara barco de OSA en “abandono a favor de la nación”

La Secretaría de Marina, a través de la Capitanía Regional de Puerto Isla del Carmen, publicó en el DOF la Declaratoria de la embarcación “Caballo Eclipse”, semihundida desde hace más de 3 años frente a costas de la Isla del Carmen.

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Ciudad del Carmen, Campeche, México, a 23 de mayo del 2021.- Tres años y cuatro meses después de que se hundiera frente a costas de la Isla del Carmen, la Secretaría de Marina, a través de la Capitanía Regional de Puerto Isla del Carmen, dependiente de la Secretaría de Marina, hizo la declaratoria de “abandono a favor de la nación” de la embarcación “Caballo Eclipse”, cuya posesionaria era la empresa Oceanografía, propiedad de Amado Yañez Osuna.

Sin embargo, y de acuerdo a la Solicitud de autorización de importación temporal de embarcaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con Número de folio: 060/I.T.4.2.11/027/2012, con fecha de ingreso del 28 de julio del 2012 y con vencimiento del 28 de julio del 2022, la Arrendadora Caballo de Mar III S.A: de C.V. con dirección en Av. 2 Oriente, Manzana F, Lote 1B, Puerto Industrial Pesquero Laguna Azul, C.P. 24140, Ciudad del Carmen, Campeche, México, está como propietaria de la embarcación.

Oceanografía, S.A. de C.V., con domicilio en Salvador Díaz Mirón número 1012, Colonia María de la Piedad, Coatzacoalcos, Veracruz, C.P. 96410, RFC: OCE791214330, está registrada como importador de la embarcación en ese documento presentado ante el SAT, y firmado por el Ing. Hermilo Escobedo Obrador, quien en el Recuadro 6, dice: Declaro bajo protesta de decir verdad que retornaré oportunamente la embarcación importada temporalmente a los Estados unidos Mexicanos y que me abstendré de cometer infracciones o delitos relacionados con su indebida utilización durante su estancia en este país. La Autorización de la aduana o sección aduanera, está firmada por el Lic. Alberto Antonio Pérez Almada.

Cabe destacar los incumplimientos de Amado Yáñez Osuna para con los trabajadores, al abandonar las embarcaciones en lugar de liquidar conforme a derecho, a más de 12 mil empleados de Oceanografía, así como los asesinatos de varios líderes en lucha por la defensa y cumplimiento de sus pagos y liquidaciones adeudadas. El 19 de mayo pasado, Homero Terán Vanoye, líder de los trabajadores de Oceanografía, fue asesinado en Ciudad del Carmen

La Capitanía argumentó que la declaratoria la hace bajo “la interpretación jurídica en materia administrativa y aplicación material de los artículos 170 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos”, “con la finalidad de dar solución a los peligros que la embarcación representa y evitar una afectación a terceras personas, al puerto de Isla del Carmen y mayor daño al medio ambiente marino”.

El barco “Caballo Eclipse” estuvo varado varios meses frente a las costas de la Isla del Carmen, luego de detonarse el caso fraudulento de Oceanografía y Amado Yáñez, pero no fue sino hasta el 26 de enero del 2018, cuando las fuertes rachas de viento y oleaje del frente frio número 24 provocaron que se fisurara el casco y quedara semisumergido a una milla de la costa carmelita.

“Esta Capitanía Regional de Puerto de Isla del Carmen, Campeche, en su carácter de Autoridad Marítima, con fundamento en lo establecido por los artículos 89 fracción IV y 170 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, DECLARA EN ABANDONO A FAVOR DE LA NACIÓN la embarcación denominada “Caballo Eclipse” libre de todo gravamen, con todos sus efectos y pertenencias”, reza la Declaratoria publicada en el Diario Oficial de la Nación este 21 de mayo.

El documento detalla que las características del barco son:

Nombre:                         “CABALLO ECLIPSE”

Número OMI:                8404331

Matrícula:                      04013588324

Bandera:                        México

Tipo de embarcación: Abastecedor

Eslora:                           68.0 metros.

Manga:                          16.6 metros.

Ahora, según la Declaratoria, la embarcación “queda a favor de la nación, a través del gobierno federal, sin ningún gravamen y a disposición de la Secretaría de Marina, con la finalidad de que esta última determine conforme a sus leyes y reglamentos, los trámites, actos y procedimientos necesarios para su desguace”.

“La Capitanía Regional en Isla del Carmen realizará la entrega de dicho bien, a través de acta administrativa correspondiente, al área que la Semar determine para tal efecto, la cual se encargará de tomar bajo resguardo y custodia la embarcación “Caballo Eclipse” y así determinar lo que considere conducente respecto al destino final que se le dará a la embarcación”, agrega.

“Las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública tendrán la intervención que las leyes respectivas les confieran respecto a la ejecución de la presente declaratoria”, abunda.

“La embarcación “Caballo Eclipse”, se encontrará sujeta bajo el régimen establecido por la Ley General de Bienes Nacionales, a partir del día siguiente en que la presente Declaratoria haya sido publicada en el Diario Oficial de la Federación”, añade.

En la Declaratoria, firmada por el capitán de Altura, José Florentino Gallardo, citó como antecedentes que desde el 30 de noviembre de 2017, se realizó inspección extraordinaria a la embarcación “Caballo Eclipse”, la cual estaba ubicada en la zona de fondeadero con situación geográfica latitud 18º 43´27″ Norte y longitud 091º 47´95″ Oeste, con la finalidad de determinar las condiciones de seguridad, habitabilidad, avituallamiento, protección y prevención de la contaminación.

“El informe generado con motivo de dicha inspección advierte que las condiciones estructurales de la embarcación eran deplorables, en virtud de que se encontraba abandonada y en estado inoperante, lo que representa un riesgo a la navegación y a la contaminación marina”, indica.

También señala que la empresa Oceanografía, posesionaria y responsable de la guardia y custodia del barco, se desentendió en el año 2019 y se declaró incompetente para rescatar los restos de la embarcación.

Consulta aquí la publicación en el DOF

Con información de: Página 66

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